Repasamos con la directora ejecutiva de iGaming Responsable Chile, Sandra Kemp, el momento de ebullición que vive el mercado chileno
El debate sobre la regulación de las apuestas en línea en Chile suma un nuevo actor estratégico. Recientemente se dio a conocer la creación de la Agrupación de iGaming Responsable (AGR), una entidad gremial formada por los operadores Betano, Betsala, Estelarbet, Juegalo y Novibet. La exsecretaria ejecutiva de la ANFP, Sandra Kemp, encabeza el nuevo gremio corporativo enfocado en promover la regulación del sector de las apuestas online.
Esta organización entra a dinamizar el ecosistema del sector en el país, sumándose a la labor que ya desarrollan entidades como AgruGaming y la Agrupación de Plataformas de Apuestas en Línea (APAL). Repasamos con ella los puntos más relevantes para la agrupación.
1. Empecemos con ese anuncio de bloqueo de 42 portales, ¿qué opinión le merece?
Nuestra posición ya se hizo pública y se mantiene. No estamos cuestionando al Poder Judicial ni la facultad de la autoridad para hacer cumplir el fallo de un tribunal. Lo que señalamos es que el procedimiento utilizado para implementarlo dejó preguntas abiertas que afectan directamente a las personas: usuarios con cuentas activas que no saben qué pasará con sus fondos o sus datos personales. El protocolo no lo establece con claridad, y eso no es un detalle técnico menor.
También hay una cuestión de alcance. El mecanismo adoptado permite actualizar la lista de forma continua, pero no define qué estándar público o fundamento legal se usa para validar la incorporación de un dominio, ni qué vía de apelación existe para quien es incluido en ella. Cuando una medida puede ampliarse administrativamente sin criterios publicados ni derecho a apelación, el problema deja de ser el bloqueo en sí y pasa a ser el procedimiento.
En cuanto a la efectividad, los hechos hablaron por sí solos: veinticuatro horas después, la prensa chilena ya documentaba sitios espejo en funcionamiento. Eso confirma lo que hemos dicho desde el primer día. Sacar del mapa a operadores identificables y serios no reduce el juego; reduce la porción del juego que puede ser monitoreada. El indicador que debería enmarcar esta discusión, en un marco regulado, es la canalización —es decir, qué proporción del juego real ocurre dentro del perímetro supervisado— y una medida que la disminuye empeora simultáneamente la protección al consumidor, la prevención del lavado de activos y la recaudación tributaria.
Por eso creemos que el curso más legítimo es suspender la aplicación del protocolo hasta que estos problemas se resuelvan. No para terminar fuera de la ley, sino porque seguimos convencidos de que esto debe resolverse mediante una ley, no mediante parches.
2. ¿Cómo definiría el trabajo que realiza la iGaming Responsable Chile?
Somos una contraparte formal. Eso es lo primero y más concreto: operadores identificados y con licencias globales, nombrados, que han firmado principios vinculantes, con toda nuestra gestión ante las autoridades registrada conforme a la Ley de Lobby. En un mercado donde el problema central es que nadie sabe con quién está tratando, existir de manera identificable ya es una ventaja de transparencia.
Lo segundo es aportar evidencia comparada. Chile no es el primer país que enfrenta esto. Colombia, Perú y Brasil ya recorrieron este camino y dejaron lecciones sobre cómo se diseña la verificación de identidad y edad, cómo opera un registro nacional de autoexclusión, y qué efecto tuvo cada calibración tributaria sobre la canalización. Nuestro papel es poner esa experiencia a disposición del debate. Aportamos evidencia, no conclusiones: es el Congreso quien decide.
Lo tercero —y quizás lo más importante de aclarar— es lo que no hacemos. La Asociación no está aquí para llenar el vacío regulatorio, porque no puede: solo una ley puede hacerlo. Nuestros esfuerzos de autorregulación, como la integración proactiva con el Registro Civil chileno, son un puente, no el destino. Lo que hoy hacemos por convicción, mañana debería ser una obligación legal, igual para todos y verificada por un regulador con facultades reales.
Y hay una cuarta dimensión que no siempre es visible: también somos un mecanismo de rendición de cuentas interna. Los principios son una condición de membresía. Quien no los cumpla no debería estar en la Asociación, así como quien no cumpla el estándar que Chile establezca no debería estar en el mercado, incluidos nuestros propios miembros.
3. La Comisión de Economía del Senado está debatiendo el proyecto de ley, que tiene más de 500 indicaciones propuestas. ¿Cuáles son las indicaciones «línea roja» que podrían asfixiar al mercado antes de que nazca, y cuáles son esenciales?
Preferimos responder en términos de criterios más que de indicaciones específicas, porque el volumen es enorme y porque no nos corresponde arbitrar el trabajo legislativo. Pero sí tenemos criterios claros. Sabemos qué ha funcionado —y qué no— desde una perspectiva de buenas prácticas regulatorias y tributarias a nivel global.
Hay cuatro diseños que, a nuestro juicio, ponen en riesgo la viabilidad de todo el sistema. El primero es la exclusión y penalización retroactiva: excluir a quienes se identificaron ante el Estado y se registraron para pagar impuestos, mientras no se alcanza a quienes operan completamente fuera del radar. El requisito de entrada debería ser cumplir el estándar, no la fecha de llegada. El segundo es calibrar la carga tributaria sin medir su efecto sobre la canalización: una carga mal diseñada no recauda más, canaliza menos. El tercero es un régimen de publicidad tan restrictivo que impide a los usuarios distinguir a un operador con licencia de uno sin ella, porque reconocer la licencia es una herramienta de protección, no un privilegio comercial. El cuarto es una política de integridad deportiva robusta y coordinada, opuesta a cualquier catálogo restrictivo de apuestas. Y el quinto, el más grave: un régimen que solo vincula a quienes aceptan estar vinculados. Si el cumplimiento recae únicamente en el operador con licencia y no hay una persecución efectiva de quienes permanecen fuera del sistema, la ley termina castigando el cumplimiento.
En el otro extremo, hay elementos que consideramos esenciales y que defenderemos incluso cuando sean exigentes para nosotros. Un registro único nacional de autoexclusión, operado por el Estado e integrado con los casinos físicos, de carácter vinculante. Verificación obligatoria de identidad y edad contra fuentes oficiales. Acceso remoto y en tiempo real del regulador a las plataformas. Responsabilidad de los intermediarios —procesadores de pago, medios, afiliados, proveedores de internet, clubes deportivos— verificada contra un registro público de operadores autorizados, porque sin ese registro no hay nada que verificar sobre quién está habilitado para prestar servicio a quién.
Y agregaríamos uno que no siempre se menciona: una cláusula de revisión periódica. El regulador debería publicar la canalización, la prevalencia de la ludopatía y el uso efectivo de las herramientas de protección, y los parámetros deberían ajustarse en base a esos datos. Sin medición, cualquier calibración es solo una apuesta.
4. El marco propone un impuesto específico del 20% sobre GGR, sumado a sobretasas retroactivas o gravámenes de entrada. ¿Incentiva la transición al mercado regulado o deja una ventana abierta al mercado negro?
Empecemos por lo que no está en discusión: los operadores formales deben pagar impuestos, y deben pagarlos sobre el ingreso bruto de juego (GGR), que es la base técnicamente correcta y la recomendada por las mejores prácticas internacionales. Eso está escrito en nuestros principios. No estamos pidiendo un trato indulgente.
El punto es que la carga real no es del 20%. Es 20% del GGR, más IVA, más 2% de contribución a los Comités Olímpicos chilenos y 1% de contribución a campañas de juego responsable, más lo que se decida como gravamen de entrada. Y hay un elemento adicional que el debate público no siempre considera: el SII ya está devengando IVA hoy, con un primer pago correspondiente al período del tercer trimestre de 2026, que vence el 20 de octubre y se proyecta significativo. Entonces la pregunta no es si se paga o no: es cómo se suman todas estas capas y qué queda en pie después.
El indicador que debería guiar esa decisión es la canalización. La experiencia comparada es consistente en un punto: los mercados que fijaron cargas por sobre cierto umbral no recaudaron más, empujaron el volumen hacia operadores sin licencia, y terminaron con menos recaudación tributaria y menos protección. El mercado chileno hoy, según H2 Gambling Capital, genera un ingreso bruto cercano a los 625 millones de dólares. La pregunta no es cuánto se le cobra a ese mercado, sino qué proporción de él termina dentro del perímetro supervisado. Si la carga es alta pero la canalización es baja, el Estado recauda menos y protege menos.
Aplicar tributación de forma retroactiva a operadores que ingresaron al mercado de buena fe socava la certeza jurídica e invita a litigios prolongados, todo ello sin entregar una base tributaria confiable en el plazo que el Estado realmente necesita. Una alternativa más efectiva y equitativa sería un derecho de entrada fijo y transitorio para los operadores existentes, que permita la continuidad de las operaciones desde la fecha de publicación del proyecto de ley PAL. Un mecanismo así es limpio y sencillo de administrar, simple de recaudar y, a diferencia de un gravamen retroactivo, generaría ingresos inmediatos y predecibles para el Fisco. En el contexto de la actual posición fiscal de Chile, donde el gobierno enfrenta un delicado ajuste presupuestario, este enfoque ofrece un flujo de ingresos confiable en el corto plazo, a la vez que preserva la confianza de los inversionistas y la estabilidad regulatoria que el sector necesita para desarrollarse de manera sostenible.
5. ¿Qué medidas concretas de autoexclusión, límites de depósito y verificación de edad están exigiendo a sus miembros antes de que la ley entre en vigor?
Nuestros miembros firmaron una carta de compromiso que es condición de membresía y que ha estado vigente desde el primer día, independientemente de si la ley se aprueba o no. Son siete principios, y varios se traducen en obligaciones operativas concretas.
En cuanto a verificación, el compromiso es aplicar procesos estrictos de conocimiento del cliente (KYC), con verificación de identidad y edad contra fuentes oficiales, en colaboración con el Registro Civil, para prevenir el acceso de menores. En cuanto a protección del jugador, herramientas de juego responsable que incluyen programas de autoexclusión, límites de depósito, controles de sesión y derivación a servicios de apoyo. En cuanto a integridad financiera, transacciones totalmente auditables bajo estándares internacionales de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En cuanto a producto, certificación y testeo independiente de los juegos. En cuanto a publicidad, un código que excluye mensajes engañosos y comunicación dirigida a menores o personas vulnerables. Y un mecanismo de revisión periódica del cumplimiento de todo lo anterior.
Ahora bien, seamos honestos sobre los límites de esto, porque es parte de nuestro argumento. La autoexclusión aplicada por un solo operador solo funciona con ese operador. Una persona que se autoexcluye en una plataforma puede abrir una cuenta en otra al día siguiente, y puede entrar a un casino físico esa misma tarde. Ningún compromiso voluntario, por riguroso que sea, puede resolver eso: se necesita un registro único nacional, operado por el Estado, vinculante, e integrado tanto en el canal online como en el físico. Lo mismo ocurre con la verificación contra fuentes oficiales, que requiere una base legal que todavía no existe.
Por eso insistimos en que esto es un puente. Podemos comprometernos con estándares y someternos a revisión, pero no podemos sustituir al Estado en aquello que solo el Estado puede hacer. Y tampoco alcanzamos a quienes no forman parte de la Asociación, que es precisamente donde está el mayor riesgo.
6. El proyecto contempla un incremento tributario del 1% con posibilidad de deducción si los operadores invierten directamente en prevención. ¿Cómo piensa ejecutar este fondo la AGR?
Con una corrección necesaria: la Asociación no debería gestionar ese fondo, y no tenemos ninguna aspiración de hacerlo. Sería un error de diseño, y lo diríamos incluso si nos ofrecieran la oportunidad de administrarlo.
El financiamiento para la prevención y el tratamiento de la ludopatía debería ser un porcentaje fijo, establecido por ley, administrado fuera de la industria por la autoridad sanitaria o por el organismo tercero que el Estado designe, con reporte público de su uso. La razón es simple y no tiene que ver con la buena o mala fe de nadie: quien financia un programa no puede ser también quien lo diseña, lo ejecuta y mide el daño causado por su propia actividad. Ese conflicto invalida los resultados, incluso cuando los resultados son buenos.
En cuanto al mecanismo de deducción que incluye el proyecto de ley, nuestra observación es exactamente esa. Si el aporte puede deducirse contra el propio gasto en prevención del operador, el operador termina financiando iniciativas que él mismo define y cuya efectividad nadie verifica de forma independiente. Preferimos un aporte no deducible, destinado a un propósito específico, con rendición de cuentas pública y monitoreo de efectividad. Es más exigente para nosotros, y es mejor política pública.
Lo que sí podemos aportar es otra cosa: datos. Los operadores formales tienen información sobre patrones de juego que hoy no existe en ningún otro lugar de Chile, porque no hay datos públicos de prevalencia. Poner esa información a disposición del regulador y de la investigación en salud, bajo reglas claras de privacidad, es un aporte real. Gestionar el dinero no lo es.
7. En Chile operan distintas organizaciones del sector, como la AGR y APAL. ¿Qué diferencia a su gremio y cómo coordinan una voz unificada frente al Congreso?
No nos interesa marcar distinciones con otras asociaciones ni competir por representatividad. Estamos abiertos a converger con cualquier actor que comparta el objetivo de una regulación moderna y exigente, y lo haremos a través de los canales formales y públicos correspondientes.
Lo que sí define a AGR es el tipo de compromiso que exige para la membresía. Nuestros principios son vinculantes desde el primer día, independientemente de si la ley se aprueba o no. No son una declaración de apoyo a la regulación: son condiciones de membresía, sujetas a revisión periódica de cumplimiento.
En cuanto a coordinación, nuestra prioridad común natural con cualquier otra organización de la industria es acotada y verificable: proteger a los menores mediante verificación obligatoria de identidad y edad, un registro único nacional de autoexclusión operado por el Estado, un estándar único de publicidad y trazabilidad financiera total. En esos cuatro puntos, la convergencia es fácil y deseable. Ambos abogamos por una Ley y Regulación de iGaming moderna, responsable y sostenible.
Lo que no haremos es rebajar el estándar para ampliar el acuerdo. Una asociación que baja sus exigencias para sumar más firmas deja de ser útil para el debate, y sobre todo deja de ser creíble ante un público que tiene buenas razones para desconfiar de este sector.
8. Una vez aprobada la ley, ¿cuál es la mayor preocupación de los operadores internacionales para cumplir los tiempos de adecuación operativa, tributaria y técnica?
Nuestra prioridad es construir una relación abierta y constructiva con la Superintendencia mientras se prepara para asumir su nuevo rol como regulador. La legislación secundaria más equilibrada se redacta en diálogo con los operadores que la implementarán: cuando el regulador puede apoyarse en la experiencia operativa internacional, los requisitos técnicos pueden calibrarse en el nivel correcto y confirmarse a tiempo, dando a los licenciatarios una ruta clara y realista hacia el cumplimiento total. Valoraríamos mucho la oportunidad de aportar esa perspectiva operativa como socio consultado a lo largo de todo el proceso de redacción.
En el plano técnico, hay integraciones que dependen del Estado, no del operador: la conexión al registro nacional de autoexclusión, la verificación de identidad y edad contra fuentes oficiales, y el acceso remoto del regulador a las plataformas para fines de auditoría y reporte. Ninguna de las tres puede desarrollarse antes de que exista la especificación y se otorgue un período transitorio sustancial para la implementación. Por eso pedimos que el período de adaptación comience a contarse desde que se publiquen las especificaciones técnicas, no desde la publicación de la ley.
En el plano operativo y corporativo, el proyecto de ley exige constituirse como sociedad anónima cerrada con objeto exclusivo en Chile. Eso implica estructura local, gobierno corporativo, auditoría, contabilidad, apertura de cuenta bancaria y personal: procesos con plazos que no dependen de la voluntad de una empresa. En el plano tributario, la preocupación es que la regularización y el inicio del régimen permanente se resuelvan de manera simultánea y con reglas conocidas, de modo que nadie quede en una situación indefinida intermedia.
Y hay una preocupación que enmarca a todas las demás: qué pasa durante la transición con quienes decidan no licenciarse. Si el operador formal invierte, se estructura, se audita y paga, mientras quienes se quedan fuera siguen captando usuarios sin requisitos ni consecuencias, el resultado es un mercado peor que el actual. La fiscalización contra los no licenciados tiene que entrar en vigencia el mismo día en que comienzan las obligaciones del operador con licencia, no después.