Coljuegos permite suspender las operaciones presenciales

19 marzo 2020 12:08 pm GMT | Last updated: 19 marzo 2020 Coljuegos permite suspender las operaciones presenciales

El regulador colombiano Coljuegos ha emitido una resolución para permitir la suspensión temporal de las operaciones de juego presencial de forma temporal, mientras dura la emergencia por el coronavirus.

Según han informado Coljuegos y el mayor gremio del país, Fecoljuegos, pueden pedir la suspensión todos los contratos de juegos localizados -máquinas tragaperras, bingos y mesas- sin excepción y sin limitación por el número de máquinas tragaperras autorizadas.

El operador puede solicitar la suspensión total o parcial de la ejecución del contrato, a través de una comunicación que solicite la suspensión total del contrato y la justificación es la fuerza mayor presentada por el COVID 19 y se solicita por el término que dure la emergencia decretada por el Gobierno colombiano. La solicitud debe ir firmada por el representante legal.

Se debe solicitar al correo electrónico contingenciarad@coljuegos.gov.co y en el asunto del correo indicar “SUSPENSIÓN CONTRATO No….”. Debe aportarse el certificado de existencia y representación de la sociedad concesionaria, que tenga una antigüedad menor a 30 días. No es necesario aportar más documentos ni pruebas de acuerdos, decretos o decisiones administrativas.

Los elementos de juego autorizados en los establecimientos sobre los cuales se está solicitando la suspensión del contrato, no tienen que enviar contadores ni eventos significativos.

Si se envía esa información, los operadores deben enviar los mismos contadores del día que cerró y Fecoljuegos recomienda que «no puede haber movimiento de contadores de los elementos que están en los locales donde se solicitó la suspensión del contrato».

Los operadores deben tener en cuenta que no se pueden hacer traslados automáticos o solicitudes relacionadas con los locales sobre los cuales se solicita la suspensión del contrato. Y también que los contratos «serán suspendidos total o parcialmente a solicitud del operador, por el tiempo que éste indique o máximo por el término decretado por el Gobierno de Colombia, esto es el 30 de mayo». Una vez se levanten las medidas, se continuará con la ejecución del contrato.

En bingos y mesas, los derechos de explotación para estos elementos de juego que lo hacen por tarifa fija, será proporcional al tiempo de operación del mes de marzo.
Desde Fecoljuegos se recuerda que «ésta es una situación anormal tanto para los operadores como para Coljuegos, por tanto, invitamos a ser razonables con las solicitudes de suspensión parcial».

Y por eso se exige tener en cuenta que «si cada operador presenta una solicitud por cada local, esto va a congestionar a la entidad y va impedir que las decisiones sean rápidas y oportunas».

Por último, añade que «es un momento para trabajar unidos, pensando como país y como miembros responsables de una sociedad que requiere solidaridad de todos los actores».