La CNMC ha sancionado a DAZN con una multa de 182.531 euros por emitir una telepromoción sin identificarla como publicidad. La infracción ocurrió en el canal Dazn La Liga, de ámbito nacional en España, el 28 de octubre de 2023, en el descanso de la retransmisión del partido de futbol entre el F.C. Barcelona y el Real Madrid.
En este caso se aplica la Ley General de Comunicación Audiovisual, que establece que las telepromociones son susceptibles de producir confusión al espectador sobre su carácter publicitario. En consecuencia, deben identificarse siempre con una transparencia con la indicación «publicidad».
En un principio, DAZN se declaró no responsable de la emisión de la comunicación comercial referida a GOLball.com entre los minutos 47:27 a 47:32 del partido de fútbol entre el FC Barcelona y el Real Madrid.
Según indicó entonces, la comunicación comercial, en forma de sobreimpresión en un atril que contiene los balones con los que se han marcado los goles en cada partido de LaLiga, es inherente a la señal a retransmitir que DAZN recibe y que se emite con su logo comercial.
De este modo, según DAZN, esa comunicación formaba parte indivisible de la adquisición de los derechos de emisión de la competición deportiva sin que DAZN perciba contraprestación por dicha comunicación comercial.
Además, se acusaba a la cadena de emitir otro anuncio de EA Sports FC24, durante el descanso del partido, sin el rótulo de publicidad. DAZN atribuyó este hecho a un error técnico, pero finalmente la CNMC la consideró responsable y le dio 10 días para alegar y presentar la documentación pertinente.
Finalmente, según ha comunicado la CNMC, DAZN ha reconocido su responsabilidad y ha pagado anticipadamente la sanción de 182.531 euros con una reducción acumulada del 40%.