Patricia Lalanda, de Loyra Abogados, explica desde SBC Lisboa cómo su firma asesora de manera integral a compañías y gobiernos, además de su visión sobre la situación regulatoria actual en España. Destaca que las regulaciones deben ser flexibles, actualizadas y adaptarse constantemente para mantener un equilibrio. Además, subraya la importancia de tomar conciencia de lo profundamente tecnológica que es la industria del juego hoy en día.
Pregunta.- ¿Cuál es el departamento más importante de Loyra?
Respuesta.- Contamos con equipos multidisciplinares que brindan soporte en casi todas las áreas del derecho. Tenemos una práctica muy sólida en fusiones y adquisiciones (M&A) y en cumplimiento normativo, no solo en el sector del juego, sino también en otras obligaciones empresariales. Lo interesante es que podemos ofrecer una visión global y soluciones integrales, tanto a nivel nacional como internacional, gracias a nuestra red en Latinoamérica, Estados Unidos, en numerosos países de Europa y en muchas otras jurisdicciones. Nos estamos especializando en aspectos multijurisdiccionales, que suelen ser los más complejos. Desde hace unos años a esta parte, hay un elevado número de encargos de operaciones de estructuración fiscal, siempre considerando el componente jurídico-regulatorio del sector.
P.- Trazar un plan en esta industria es complicado.
R.- Hay que gestionarlo cuidadosamente teniendo en cuenta los factores de negocio, sociales, políticos y jurídicos. Es este último caso priman los factores regulatorios, fiscal, prevención de blanqueo y protección de datos. Muchas veces, empresas españolas u de otros países nos contactan para asesorarlas en cómo introducir su producto en un mercado específico. Creemos que aquí aportamos un valor añadido importante, ya que ofrecemos soluciones muy enfocadas en el negocio, que es lo que realmente les importa, porque errores en este proceso pueden impactar directamente en su rentabilidad.
P.- También asesoráis a gobiernos, por ejemplo.
R.- Sí, asesoramos a gobiernos como el de Melilla; hemos estado presentes también en el procedimiento legislativo chileno así como a otros a lo largo de los 42 años de LOYRA. De manera informal, también hemos tenido contacto con otros gobiernos, como Madeira o Serbia, para el arranque de la regulación, porque tenemos la suerte de que somos una de las regulaciones de juego más maduras a nivel mundial entre los países más desarrollados.
P.- Muchos operadores se quejan de la sobrerregulación en España, y también en parte de Europa. ¿Cuál es tu opinión?
R.- Cualquier industria regulada tiene unos motivos por los cuales está regulada. Ya sea el interés general, salud pública, protección financiera, es decir, la prevención del blanqueo. Y estos son objetivos de la mayor parte de regulaciones de juego. Para la Administración, la complejidad está en hasta dónde intervenir. Toda intervención tiene que tener una justificación concreta, adecuada y, además, actualizada conforme a la situación de cada momento tecnológico, e incluso de tendencias en valores de la sociedad. Ahí está el reto, en cómo actualizar y adaptar constantemente una regulación y dónde encontrar el equilibrio. ¿Cómo se revisa ese equilibrio? Con diálogo entre el regulador y los operadores privados y públicos. Que ese diálogo esté bien canalizado. Principalmente, a través de asociaciones, pero no solamente, porque en las asociaciones puede haber también cierto conflicto de intereses entre unas empresas y entre otras. Y ¿cómo se vigila? Pues a través de los procedimientos adecuados cuando se está regulando. Y con una participación permanente de los actores privados en los procedimientos de regulación. A nivel legislativo, es más complicado tener ese acceso directo, por lo menos en España, por lo complicado del proceso legislativo y porque en muchos casos, al final, es aritmética política. No hay tradición de lobby en España.
P.- Pero bueno, existe el mecanismo. Es decir, que las comisiones del Congreso pueden escuchar a los actores.
R.- En mi opinión, en relación con la enmienda al Proyecto de Ley que regula los servicios de atención a la clientela mediante la modificación de la Ley 13/2011 de regulación del juego, se observa, lamentablemente, un alto grado de improvisación. El Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR presentaron la enmienda 176, con la cual se busca introducir una nueva Disposición final que pretende realizar cambios en diversos artículos de la Ley de Juego. El objetivo final es recuperar los artículos del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, sobre comunicaciones comerciales en actividades de juego, los cuales fueron anulados por la sentencia del Tribunal Supremo de 2024. Este es ya el tercer intento en ese sentido. Desde la emisión de dicha sentencia, no ha existido un período real en el que toda la industria haya podido participar de manera efectiva en este proceso. No obstante, hay muchos operadores que no se involucran en el proceso regulatorio, o lo hacen solo en la última fase. No obstante, son muchos los operadores que no participan activamente en el proceso regulatorio, o que lo hacen únicamente en las etapas finales. Como ejemplo, basta mencionar el último proceso regulatorio respecto al algoritmo para la detección de jugadores en riesgo. La participación ha sido muy limitada, especialmente considerando las implicaciones que puede tener este mecanismo. No solo afecta al sector del juego, sino también a la forma en que un órgano supervisor se posiciona frente a estos avances. Se trata de un sistema muy rígido, que puede ser útil para una fotografía fija en un momento determinado, pero, dada la rápida evolución de la tecnología, sin duda terminará quedando desactualizado muy pronto.
P.- Entonces, eso fomenta ¿el juego ilegal?
R. Toda regulación que no refleje la realidad de los operadores regulados, sin duda, fomenta la aparición del juego ilegal. La normativa debe ser lo suficientemente flexible para adaptarse a la evolución del sector. Si en dos años surge un nuevo estudio que identifique otras preocupaciones prioritarias en ese momento, será necesario ajustar la regulación en consecuencia. Considero que el sector debería hacer mayor énfasis en destacar su carácter altamente tecnológico. Creo que la DGOJ está siendo transparente y pionera en la búsqueda de objetivos que ya había adelantado: ofrecer la mayor protección posible.
P.- El objetivo político estaba en la agenda.
R.- Eso estaba en la agenda y en los acuerdos, pero lo realmente importante es cómo se llega hasta allí y de qué manera se interactúa en el proceso. La complejidad radica en temas como la protección de datos, que, en mi opinión, todavía presenta ciertas lagunas y podría estar mejor complementada.
P.- Se supone que al homologar el sistema técnico para conseguir la licencia de operación, se homologa precisamente el algoritmo. Entonces ¿cuál es el cambio?
R.- Ya era obligación de los operadores tener un sistema para decretar riesgo. El cambio de paradigma es que el Real Decreto indica que, dentro de dos años, la autoridad encargada de la regulación del juego podrá desarrollar los concretos mecanismos para la detección de comportamientos de riesgo, así como el contenido de los protocolos que los operadores y, en su caso, la propia autoridad, deban adoptar hacia estas personas, una vez detectados tales comportamientos El principal desafío será técnico, especialmente en la integración del nuevo algoritmo. Por eso, se ha establecido un período de gracia durante el cual la administración no impondrá sanciones por posibles errores, ya que su tarea será verificar si lo que se ha diseñado funciona correctamente. Para algunos operadores sin duda el plazo de implementación previsto no será suficiente. La DGOJ menciona que algunos operadores disponían de algoritmos muy efectivos, e incluso sé que estos han inspirado en parte las soluciones existentes. Sin embargo, muchos otros todavía utilizan sistemas manuales o métodos menos automatizados.
P.- ¿Se considera sobrerregulación establecer un algoritmo?
R.- Yo no lo consideraría como tal, pero habrá que ver realmente desde un punto de vista práctico lo factible que es esa gestión y cómo puede impactar en el día a día a los operadores. Por eso, considero que un período de prueba es fundamental como etapa de ajuste en algo tan novedoso y complejo para la mayoría de los operadores. Lo que debería preocupar principalmente a la DGOJ son las posibles deficiencias en la protección de los jugadores. Por ejemplo, el sistema actual no contempla las circunstancias individuales o culturales de los jugadores, lo que puede derivar en interpretaciones inadecuadas de conductas que, en realidad, no representan un riesgo real. En este caso, puede entrar en conflicto con varios principios fundamentales de derecho administrativo y constitucional muy relevantes; Considero que un sistema regulatorio en el sector del juego que no incorpore mecanismos de flexibilidad y contextualización para valorar las circunstancias individuales y culturales de los jugadores es jurídicamente vulnerable y filosóficamente cuestionable; El entrar tanto al detalle es arriesgado si te quedas a medio camino.
P.- Ya que habéis participado en alguno de los procesos regulatorios de Latinoamérica, me gustaría saber tu opinión sobre cómo se está regulando allí.
R.- La parte regulatoria del juego, en muchas ocasiones, no es la más difícil, ya que a menudo enfrentamos un principal desafío: la situación política general. El problema surge cuando se alcanzan ciertos hitos, ya que los trámites regulatorios en estos países pueden volverse mucho más complejos que en Europa, debido a las circunstancias políticas. Es fundamental tener en cuenta esto, aunque no sea una tarea sencilla. Por otro lado, una ventaja que tienen estos países para regular el sector es que pueden basarse en la experiencia de otras jurisdicciones más avanzadas. Por eso, nos solicitan asesoramiento. A menudo, en las regulaciones se cae en el riesgo del copia-pega, especialmente en el ámbito fiscal, sin considerar adecuadamente el régimen fiscal existente en cada país. Cuando se suman los impuestos sobre los juegos a los ya existentes, la estructura fiscal resultante puede no ser viable. Un ejemplo muy ilustrativo de esto es el caso de Colombia.
P.- Ha cambiado el régimen fiscal.
R.- Sí, existe un problema de inseguridad jurídica para quienes ingresaron al mercado bajo un régimen fiscal determinado, y luego se decide modificarlo en medio del proceso debido al déficit fiscal del país. Sobre este tema, realizamos un desayuno de trabajo con los principales operadores del sector, muchos de ellos grupos españoles, donde analizamos posibles medidas a implementar para abordar esta situación.
P.- Pero, en general, cuentan con más referencias, como comentas.
R.- Por supuesto. También es importante señalar que cada país de Latinoamérica es diferente; no es lo mismo la regulación en Perú que en Brasil, donde ciertos temas, como los ‘cooling off periods’, generan mucho debate. Siempre hay discusión en estos aspectos, pero me parece que es un debate saludable, lógico, y en el que confluyen diversos intereses, como no podía ser de otra manera. Lo mismo ocurrió en su momento cuando se reguló en España. Cuando nos involucran en estos procesos, es porque hay un debate abierto y relevante. Además, nos solicitan estudios y referencias, siempre considerando los beneficios que esa regulación puede traer. Hace algunos años, pensábamos que un proceso regulatorio de este tipo en Latinoamérica era impensable, y hoy vemos que es una realidad en marcha.