La DGOJ acaba de emitir a información pública una resolución por la que establece la obligatoriedad de que la publicidad de las actividades de juego incluyan un mensaje relativo a los efectos dañinos derivados de la ludopatía o de un comportamiento de riesgo de la persona usuaria.

Ese mensaje sustituirá al que apela a la responsabilidad de la persona jugadora previsto en el artículo 10.3 de la Ley del Juego y, por otro lado, las especificaciones relativas a la forma, tamaño, disposición, contraste y contenido de los mensajes previstos en el apartado 4 del artículo 10 y el apartado 3 del artículo 11, del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.

Así, se ha acordado la apertura del trámite de información pública durante el cual cualquier persona física o jurídica puede formular las observaciones o sugerencias que tenga por conveniente sobre la futura Resolución.

El plazo para realizar aportaciones está abierto hasta el próximo 26/11/2025, pudiendo remitirse las mismas al correo electrónico dgoj.sgregulacion@ordenacionjuego.gob.es. Toda la información puede consultarse en el siguiente enlace.

La Dirección General de Ordenación del Juego respalda esta resolución en el objetivo de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, de la creación de un marco jurídico adecuado para el desarrollo de la actividad de juego de ámbito estatal que, entre otras, ofrezca seguridad jurídica, proteja el interés público, prevenga conductas adictivas y la protección de consumidores y consumidoras.