La Asociación Nacional de Loterías Municipales y Estatales (ANALOME) presentó un escrito incidental ante el Supremo Tribunal Federal de Brasil impugnando la suspensión de las leyes municipales sobre loterías, tal y como recoge el portal de noticias BNLData. El documento fue enviado este jueves (4) al ministro Cassio Nunes Marques, ponente del Argumento de Incumplimiento del Precepto Fundamental (ADPF) 1.212.

La organización sostiene que la decisión cautelar que suspendió todas las leyes municipales sobre loterías en el país contradice la jurisprudencia sentada por el propio Supremo Tribunal Federal en las ADPF 492 y 493, que reconocieron la competencia de los municipios para operar servicios de lotería.

«Esta afirmación se limita pues a reforzar que el argumento inicial ya ha sido rechazado por este Tribunal y que la decisión cautelar ahora bajo revisión se aparta de la jurisprudencia vinculante», afirma la asociación en el documento.

ANALOME destaca que las ADPF 492 y 493 establecieron una distinción fundamental entre la competencia legislativa de la Unión para definir los «sistemas de consorcios y loterías» (art. 22, XX, CF) y la competencia material de las entidades federadas para operar estos servicios. Según la asociación, el STF ya ha determinado que la operación de loterías constituye una competencia material concurrente de las entidades federadas.

El documento cita extractos de las sentencias de las ADPF 492 y 493 que mencionan municipios, como la del ministro Gilmar Mendes: «Así, en resumen, me parece correcto inferir que la legislación estatal (o municipal) que establece loterías en sus territorios simplemente transmite la competencia material que les otorga la Constitución».

La asociación sostiene que la facultad municipal para operar loterías se basa en el artículo 30 de la Constitución Federal, que establece la competencia de los municipios para «legislar sobre asuntos de interés local» y «organizar y prestar, directamente o bajo régimen de concesión o permiso, servicios públicos de interés local».

ANALOME rebate el argumento de que la legislación federal nunca contempló las loterías municipales. La organización cita la Ley n.º 8.212/1991, que, al tratar los ingresos de la Seguridad Social, definió los concursos de pronósticos, incluidas las loterías, «a nivel federal, estatal, del Distrito Federal y municipal». Esta disposición se mantuvo mediante el Decreto n.º 3.048/1999, que aún sigue vigente.

La declaración diferencia la ADPF 1.212 de las ADI 7.721 y 7.723, que abordan el marco regulatorio de las apuestas de cuota fija. Según ANALOME, estas acciones cuestionan aspectos de la Ley n.º 14.790/2023 relacionados con la publicidad y la protección de grupos vulnerables, sin abordar la competencia de los municipios para operar loterías.

La asociación advierte sobre los riesgos de mantener la medida cautelar. Varios municipios han estructurado los servicios de lotería, otorgado concesiones y proyectado presupuestos con base en la interpretación de los ADPF 492 y 493.

«La reversión repentina de este entendimiento, sin ningún cambio en el panorama legislativo o constitucional, viola la protección de la confianza y la estabilidad de las relaciones jurídicas», afirma ANALOME.