El regulador de juego de Colombia, Coljuegos, ha sacado a consultas el proyecto de resolución de requerimientos técnicos para las rifas, que estará disponible hasta el día 1 de agosto.
El proyecto de resolución incluye términos como el hecho de que cuando las rifas se operen en dos o más municipios de un mismo departamento o un municipio y el distrito capital de Bogotá, su explotación corresponde al departamento, por intermedio de la Sociedad de Capital Público Departamental (SCPD). Cuando la rifa se opere en dos o más departamentos, o en un departamento y el distrito capital, la explotación le corresponde a ETESA”.
El proyecto de resolución también indica que Coljuegos será el responsable de autorizar a los terceros interesados en actuar como operadores tecnológicos en el juego de suerte y azar en la modalidad de rifas, previa verificación del cumplimiento de los Requerimientos Técnicos contenidos en el Anexo al que hace referencia el artículo primero de la presente Resolución.
Las empresas autorizadas requerirán una certificación de su sistema central de juego y contarán con un plazo de transición de doce meses para ajustar sus plataformas tecnológicas y sistemas de información de acuerdo con lo exigido en los Requerimientos Técnicos que corresponden al anexo de este acto administrativo.
Durante dicho periodo, los terceros interesados en ser operadores tecnológicos podrán ajustar sus plataformas tecnológicas y sistemas de información de acuerdo con lo exigido en los requerimientos técnicos para presentar las solicitudes de autorización.
Además, mientras persista dicho periodo, las autoridades competentes para autorizar rifas podrán aprobar a los gestores la comercialización del juego con boletas físicas y de manera manual. Los requisitos serán los previstos en el reglamento y bajo el procedimiento que disponga cada autoridad competente.
En este caso, los resultados contra los cuales se cursarán las rifas de comercialización manual serán los definidos en el numeral 1 del artículo 2.7.3.4 de este reglamento, es decir, los resultados del premio mayor de las loterías tradicionales que operen legalmente en Colombia.
Las observaciones y comentarios deberán enviarse al correo electrónico: msalazar@coljuegos.gov.co
Descargue aquí Matriz de comentarios y observacionesDescargue aquí Proyecto de resolución por el cual se expide el anexo de requerimientos técnicos para la operación del juego de suerte y azar en la modalidad de rifas de manera sistematizada.