El proyecto de ley fija licencias quinquenales, prohíbe bonos de captación, impone verificación biométrica y abre una ventana de regularización tributaria con efecto retroactivo de tres años para operadores preexistentes

El Ejecutivo chileno ha remitido formalmente al Senado el «Proyecto de ley de regulación de las apuestas en línea, protección de la infancia y prevención de la ludopatía». La propuesta legislativa, un documento técnico de 114 páginas suscrito por el presidente José Antonio Kast y los ministros Jorge Quiroz, Daniel Mas, May Chomalí, Fernando Rabat y Claudio Alvarado, busca estructurar un marco fiscal y operativo riguroso para la industria digital, caracterizado por una política de tolerancia cero frente a las prácticas de captación masiva.

Arquitectura fiscal y régimen de licencias

El texto establece que las compañías interesadas deberán postular a licencias de operación con una vigencia de cinco años, sujetas al pago de un gravamen anual de 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

En el plano impositivo, la actividad quedará gravada bajo el régimen general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19%, calculado sobre el margen bruto del juego (Gross Gaming Revenue o GGR: diferencia entre el volumen total apostado y los premios liquidados mensualmente). A esta base imponible se le añadirá un impuesto adicional con una tasa del 3%.

El articulado contempla además sinergias con el canal presencial: los casinos físicos autorizados podrán incorporar terminales o servicios de apuestas digitales en sus salas, siempre que se canalicen mediante alianzas contractuales con operadores en línea que cuenten con certificación y licencia oficial vigente.

‘Cooling off’ y regularización tributaria

Para ordenar la transición, el proyecto fija una cláusula de inhabilitación (cooling off): denegará la licencia a toda empresa, o grupo vinculado, que haya explotado comercialmente, publicitado u ofrecido servicios de apuestas sin autorización en Chile durante los 12 meses previos a la solicitud. La norma precisa que se considerarán infracciones el uso de dominios «.cl», la contratación de pasarelas de pago locales o la ejecución de patrocinios publicitarios en el país.

No obstante, la iniciativa habilita una vía de regularización transitoria. Quedarán eximidos del cooling off aquellos operadores que abonen un derecho habilitante especial de 3.000 UTM y acrediten estar al día en la liquidación del IVA Digital.

Para acogerse a este esquema, las plataformas que hayan operado en el país con anterioridad deberán declarar y pagar el tributo correspondiente a los 36 meses previos a la formulación de la declaración. A cambio de este saneamiento tributario, la ley prevé la extinción de pleno derecho de eventuales responsabilidades civiles, penales o administrativas asociadas al incumplimiento previo de la normativa fiscal.

Fin del patrocinio comercial y cerco a los incentivos

Uno de los pilares más restrictivos del texto radica en la supresión de la actividad promocional. El proyecto prohíbe la publicidad de plataformas digitales en todo el territorio nacional, sin distinguir entre operadores autorizados o ilícitos. El régimen de responsabilidades abarca de forma solidaria a anunciantes, diseñadores, productores, difusores, intermediarios e influencers.

Como disposición transitoria, los contratos publicitarios vigentes suscritos por plataformas que accedan a la licencia provisoria podrán mantenerse durante un plazo máximo de un año, circunscritos estrictamente a franjas horarias fuera del periodo de protección al menor.

La limitación alcanza directamente al diseño del producto: queda vetada la concesión de bonos de bienvenida, ofertas de recarga o cualquier incentivo económico o canjeable orientado a captar, fidelizar o incentivar apuestas en los usuarios.

Gobernanza, integridad y juego responsable

La protección al usuario operará de forma predeterminada. Las cuentas de juego deberán activarse con topes obligatorios de depósito periódicos y restricciones temporales de sesión por día, fijados por un futuro Reglamento de Juego Responsable dictado por el Ministerio de Hacienda, el cual será revisado cada cuatro años.

En materia de seguridad, los operadores deberán implementar protocolos de autenticación reforzada, incluyendo verificación biométrica para contrastar la identidad de los usuarios frente al padrón oficial. Quedarán vetadas del registro las personas privadas de libertad, los deudores inscritos en el Registro Nacional de Pensiones de Alimentos y los usuarios autoexcluidos.

Para salvaguardar la integridad de las competiciones, se prohíbe apostar a deportistas, cuerpos técnicos, dirigentes y accionistas sobre las disciplinas deportivas en las que participen directamente.

Por último, el proyecto instruye la creación del Fondo de Prevención y Tratamiento de la Ludopatía, cuya administración y despliegue asistencial dependerá de los ministerios de Salud y de Desarrollo Social.