El regulador colombiano fija los parámetros de infraestructura y seguridad que deberán certificar los operadores ante laboratorios autorizados.
Mediante la Resolución 20260019344, expedida el 10 de agosto de 2026, la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) expidió el Anexo Técnico de Requerimientos para la Operación del Juego de Suerte y Azar en la Modalidad Novedoso de Tipo Loto en Línea denominado Baloto. La medida se adopta en uso de sus facultades legales y en cumplimiento del Acuerdo No. 03 del 2 de julio de 2026, el cual modificó y sustituyó el Título 2 del Acuerdo 08 de 2020.
El nuevo anexo técnico establece el marco normativo y las especificaciones indispensables para la operación del juego en Colombia. Su objetivo principal es definir las exigencias mínimas que garantizarán la transparencia, la seguridad y el correcto funcionamiento de los distintos componentes del sistema.
Entre los elementos regulados figuran el Sistema Central del Juego, las terminales de venta, los dispositivos de conexión remota, la red de comunicaciones, las balotas, las baloteras y las funcionalidades operativas del generador de números aleatorios. Adicionalmente, el documento fija las reglas relativas al procesamiento, generación y transmisión de la información administrativa, financiera, de apuestas y de control que los operadores deben remitir a Coljuegos.
Para certificar el cumplimiento de estos parámetros, el acto administrativo estipula que los operadores deberán obtener una acreditación emitida por laboratorios competentes y avalados por el propio ente regulador.
La propuesta técnica contó con una fase de participación ciudadana desarrollada entre el 6 y el 10 de julio de 2026 en el portal web oficial de la entidad, período en el cual se recibieron y atendieron las observaciones presentadas. La resolución, firmada por el presidente de Coljuegos, Marco Emilio Hincapié Ramírez, entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial.