Tras la votación del ponente, el ministro Luiz Fux, el ministro Flávio Dino solicitó la revisión del caso, según informa el Supremo brasileño.
El Pleno del Tribunal Supremo Federal (TSF) suspendió este jueves, 6 de agosto, la sentencia de una apelación sobre la validez de una ley de 1941 que prohíbe la explotación del juego.
El ministro Flávio Dino solicitó la revisión del caso (más tiempo para el análisis) con el fin de concluir la sentencia junto con otras acciones relacionadas con otros tipos de juegos, como las apuestas, y establecer una tesis integral que refleje la posición del Tribunal sobre el tema.
La controversia es objeto del Recurso Extraordinario (RE) 966177, con repercusión general (Tema 924), y la tesis de la sentencia afectará al menos a 2.728 casos que se encuentran suspendidos en todas las instancias.
Según la Ley de Delitos Penales (Decreto-Ley 3.688/1941), operar juegos de azar en un lugar público o accesible al público constituye un delito penal punible con pena de prisión simple (en régimen abierto o semiabierto) de tres meses a un año, además de una multa. El debate gira en torno a si esta prohibición es compatible con la Constitución de 1988 o si contradice el principio de libre empresa y las libertades fundamentales.
“Estructura seductora”
El único que votó esta tarde, el ministro Luiz Fux, ponente de la apelación, considera que la norma sigue vigente. Subrayó que el juego obtiene su beneficio de la incapacidad cognitiva de las personas para evaluar los riesgos que implica su decisión. Según Fux, existe una estructura seductora que lleva al jugador, incluso perdiendo, a intentar compulsivamente darle la vuelta al juego. “Esta incapacidad puede incrementarse y llevarse al extremo por la forma en que operan y funcionan las apuestas, lo que exige una mayor atención por parte de las autoridades públicas y del Estado”, afirmó.
El ministro explicó que el principio constitucional de libertades individuales no significa que las personas tengan derecho a hacer lo que quieran, incluso si es perjudicial para su salud. Recordó también que no existen derechos absolutos y que es necesario que el poder legislativo priorice la protección de ciertos derechos sobre otros. «El derecho penal, por excelencia, actúa restringiendo la libertad y la autonomía de la voluntad», ejemplificó.
Apuestas
El ministro Flávio Dino coincide con el ponente en cuanto a la validez de la prohibición del juego, pero considera que la tesis del fallo debería abarcar nuevas formas de juego, como las apuestas electrónicas. Para él, es imposible hablar de juego sin referirse al juego en plataformas de internet.
Por consenso, el Pleno decidió aplazar y concluir el fallo del recurso junto con otras acciones sobre el tema, como la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 7721 y la ADI 7723, que tratan sobre la Ley de Apuestas (Ley 14.790/2023). En el marco de la primera ADI, se celebró una audiencia pública sobre los impactos de las apuestas en línea en Brasil.
Máquinas tragamonedas
La apelación fue interpuesta por la Fiscalía de Rio Grande do Sul (MPRS) contra una decisión del Tribunal de Apelaciones de los Tribunales Penales Especiales del estado, que absolvió a una persona que operaba máquinas tragamonedas en un bar de São Leopoldo. Según el Tribunal de Apelaciones, desde la Constitución Federal de 1988, la operación de juegos de azar ya no puede clasificarse como delito menor, pues contraviene el principio de libertades individuales.