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Perú da potestad sancionadora al órgano responsable de la lotería

13 enero 2020 11:10 am GMT
bandera de Perú

El Gobierno de Perú ha otorgado potestad fiscalizadora y sancionadora a las sociedades de beneficencia, dependientes de la Dirección de Beneficencias, para sancionar las actividades inapropiadas por parte de los operadores lotéricos.

El Gobierno peruano ha emitido para ello un decreto de urgencia, que modifica la regulación de las sociedades de beneficencia, estipulada en el Decreto Legislativo número 1411. Según el diario oficial del Gobierno peruano, los juegos lotéricos se regulan en el artículo 15.

Y, en este punto, «en relación a los juegos de loterías y similares, cuya organización está a cargo de las sociedades de beneficencia, resulta indispensable establecer que la Dirección de Beneficencias de la Dirección General de la Familia y la Comunidad cuente con potestad fiscalizadora y sancionadora a los operadores de Juegos de Loterías y similares, en el ámbito de su competencia, en calidad de primera instancia administrativa».

Y añade que la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, «se constituye en la segunda y última instancia administrativa». El decreto indica que en las infracciones debe tenerse en cuenta el criterio de proporcionalidad y se detallan las sanciones administrativas que éstas pueden provocar. Entre ellas, se destacan tres tipos de sanciones. La primera, referente a multas que desde las diez hasta las cien unidades impositivas tributarias, vigentes en el momento de la expedición de la sanción.

La segunda, consistente en una suspensión desde tres hasta 180 días «de la autorización, organización, certificación, acreditación y registro relativo a los Juegos de Lotería y Similares, en este último supuesto no se consideran los juegos de casino, máquinas tragamonedas, juegos por internet y apuestas deportivas a distancia».

Y, por último, la cancelación de la autorización, organización, certificación, acreditación y registro relativo a los Juegos de Lotería y similares. «En este último supuesto no se consideran los juegos de casino, máquinas tragamonedas, juegos por internet y apuestas deportivas a distancia», señala el decreto.

Bragg