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Comienza la puja por las 7 licencias de juego online en la provincia de Buenos Aires

15 mayo 2019 3:01 pm GMT

El Instituto de Loterías y Casinos de la provincia de Buenos Aires publicó en el Boletín Oficial las bases y condiciones para concursar por una de las siete licencias que otorgará a los futuros operadores de juego online en el territorio bonaerense. El plazo para ingresar a la Convocatoria vence el 25 de junio y 19 empresas ya se inscribieron en el Registro de Aspirantes a Licenciatarios. 

Según las Bases y Condiciones del llamado a convocatoria para el otorgamiento de licencias de juego bajo la modalidad online, “el Poder Ejecutivo establecerá la reglamentación pertinente del título para su práctica” y la “Autoridad de Aplicación será el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la provincia de Buenos Aires, quien establecerá el Reglamento de modalidad de apuestas online”.

Haga click en este enlace para acceder al Comunicado Oficial y al texto las Bases y Condiciones. 

En relación a las modalidades alcanzadas por la reglamentación, se establece que los juegos autorizados que se realicen a través de medios online, con efectos en la provincia de Buenos Aires, serán los de “Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar”; “Juegos de Casino”; “Loterías”; “Apuestas sobre juegos virtuales, con exclusión de los juegos de lotería”; “Apuestas hípicas” y “Apuestas sobre eventos reales, deportivos y no deportivos”, aclarando que en este último caso, se encuentran comprendidos siempre que los eventos “no sean de carácter político”. 

¿Quiénes podrán operar en el mercado?

La norma pone ante todo un requerimiento básico, y es el de exigir experiencia en el sector a cualquier operador, poniendo por delante de cualquier otro interesado a los actuales operadores y ejecutivos que se desempeñan en la industria. El texto precisa que podrán ser “operadores online personas que cuenten con una experiencia demostrable mínima de dos años en el desarrollo de actividades de juego, sea a través de la administración, gerenciamiento o explotación del juego bajo la modalidad online; salas de juegos de mesa, bingos, casinos y de máquinas electrónicas, o captación y procesamiento de datos mediante terminales de apuestas en línea, fuera de línea, fabricación de terminales de juegos, plataformas de juegos y sus accesorios”. Asimismo, deberán contar con ingresos totales anuales demostrables superiores a 50.000.000 de pesos (aproximadamente 1,06 millones de dólares).

En el caso de las personas jurídicas, podrán participar entidades públicas o privadas nacionales que tengan, de igual manera, una experiencia demostrable, pero ganancias por 250.000.000 pesos (aproximadamente 5,3 millones de dólares) correspondientes al periodo comprendido 2018. Y en el caso de entidades extranjeras, tendrán como requisito operar como mínimo una licencia de juego online internacional y un patrimonio neto demostrable de 100 millones de dólares al 31 de diciembre de 2018.

La licencia para el desarrollo de la actividad la otorgará el Instituto de Loterías y Casinos de la provincia de Buenos Aires, como resultado de la Convocatoria, y el Instituto podrá otorgar hasta siete licencias por el plazo de quince años, no prorrogables. Cada licenciatario podrá desarrollar una única licencia. Y para ingresar al llamado a convocatoria, cada postulante interesado deberá inscribirse previamente en el “Registro de Aspirantes a Licenciatario”.

El “Derecho a participación” tendrá un costo de 5.500.000 pesos (aproximadamente 117.000 dólares), y cada aspirante podrá realizar una única propuesta al presente llamado a Convocatoria. La recepción de las propuestas se llevará a cabo el día 25 de junio de 2019, a las 11:00 horas, en la sede del IPLyC bonaerense.

El IPLyC podrá expedir hasta siete licencias, no pudiendo otorgar más de una al mismo aspirante. Otorgada la licencia, cada licenciatario deberá abonar en concepto de “Cargo Fijo Único” la suma de 65.000.000 pesos (aproximadamente 1,4 millones de dólares), pagadera del siguiente modo: al momento de la suscripción del Convenio, el licenciatario deberá abonar el 40%, cumplido el primer año un segundo 40% de la suma referida y cumplido el segundo año el 20% restante. Además, se establece una garantía de 130.000.000 (aproximadamente 2,8 millones de dólares).

 

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Bragg