La Agrupación de iGaming Responsable (AGR) destaca  los aspectos más relevantes de la opinión legal “Algunos aspectos del estatus jurídico de los  juegos y apuestas on-line”, firmada por los profesores de Derecho Constitucional UC Arturo  Fermandois y José Manuel Díaz de Valdés

El informe sostiene que el legislador está  constitucionalmente obligado a regular la actividad “sin dilación” y lo fundamenta en tres  planos.  

1. Confusión jurídica: ni los tribunales ni el Estado tienen una posición única: 

Entre 2022 y 2025 los tribunales cambiaron de criterio en reiteradas ocasiones: declararon  inadmisible un recurso, luego afirmaron la ilegalidad general de la actividad, después  rechazaron una acción similar y, finalmente, la Corte Suprema ordenó bloquear sitios por tres  votos contra dos. La Corte invocó normas del Código Penal, pero el Ministerio Público cerró  en 2023 una investigación por hechos de esta naturaleza y declaró ante el Senado que “la  ilegalidad no es sinónimo de delito”. Nadie ha sido condenado por apuestas en línea, las  querellas en curso no tienen veredicto y los bloqueos continúan, con un nuevo caso el 3 de  noviembre. Esa incertidumbre deja a los usuarios sin protección y al sector sin reglas; según  el informe, solo el Congreso puede resolverla. 

2. Inconstitucionalidad: el Congreso no ha cumplido su mandato 

El informe concluye que concurren los requisitos de una omisión legislativa inconstitucional,  por retardo excesivo del Congreso. El deber de legislar descansa en tres factores  concurrentes: la reserva legal de las apuestas (art. 63 N°19), el mandato del Estado de  proteger a la familia y a la infancia (art. 1° y Convención sobre los Derechos del Niño) y una  realidad que exige actuar con urgencia. El proyecto ingresó en marzo de 2022 y, tras cuatro  años y siete meses, tres gobiernos y 62 urgencias, sigue sin ley. Que exista un proyecto en  trámite no es excusa: el Tribunal Constitucional ya intervino en un caso en que el Congreso  tenía una solución legislativa en curso. 

“Estamos llegando muy tarde. Cada mes sin ley, es tiempo en que menores y otros grupos  vulnerables quedan sin la protección que corresponde”, señaló Sandra Kemp, Directora  ejecutiva de AGR.

En este mismo sentido respecto de los bloqueos, AGR advirtió que la ampliación del listado  respondía a un “mecanismo irregular no contemplado en las normas que regulan las  facultades de la Subtel”, y que el Estado bloqueaba a plataformas que se habían registrado  para pagar IVA digital. El 15 de septiembre, se insistió en que el problema era de  procedimiento y no de excepción: “No pedimos una excepción: pedimos un procedimiento”.  El informe del Estudio Fermandois confirma hoy ese diagnóstico: Subtel y la  Superintendencia de Casinos actúan sin competencia legal, los afectados no son oídos y el  Estado recauda sobre los mismos sitios cuyo bloqueo ha dispuesto. 

3. Incoherencias de los operadores estatales 

La Constitución reserva a la ley la regulación de las apuestas. Sin embargo, la operación en  línea de Polla Chilena descansa en el Decreto N°412 de 2008 y la de Lotería de Concepción  en el Decreto N°80 de 1987: decretos, no leyes. Las normas que rigen a ambas no contienen  disposiciones sobre menores de edad, adicción ni publicidad. La Corte Suprema calificó  como “evidente” el daño de la publicidad de apuestas en horario de protección al menor, y  la Corte de Apelaciones confirmó una multa por publicitar en ese horario las plataformas de  la propia Lotería. Aun así, la justicia ampara su exclusividad en línea. 

“La Constitución obliga al Estado a proteger a la familia y esa obligación vincula  directamente al Congreso. No pedimos excepciones: pedimos una ley que exija a todos los  operadores, públicos y privados, las mismas reglas de licencia, verificación de identidad,  exclusión de menores y publicidad responsable”, agregó Kemp. 

Por último señalar que la advertencia del informe sobre la falta de normas de protección en  la operación estatal en línea refuerza una propuesta que AGR presentó meses antes. La  agrupación ha sostenido que el bloqueo de sitios no resuelve la verificación de edad, la  protección del usuario, el juego responsable ni la prevención del lavado de activos. Con ese  diagnóstico, desde AGR hemos propuesto medidas aplicables a todo el mercado: verificación  de identidad contra el Registro Civil con biometría, un registro nacional único de  autoexclusión operado por el Estado, un porcentaje fijo y legislado de los ingresos destinado  a prevención y tratamiento, y un estándar único de publicidad. “La autorregulación es un  puente, no un destino”, ha señalado Sandra Kemp. Lo que el informe hoy fundamenta en la  Constitución es lo que el gremio venía pidiendo: una ley que proteja a los menores sin  distinguir entre operadores públicos y privados.