La Lotería del Estado de Río de Janeiro (Loterj) ha solicitado al Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil volver a declarar para que se suspenda la obligatoriedad de dejar de recibir apuestas deportivas de contrapartida fuera del estado de Río.
Loterj y el estado de Río de Janeiro están obligadas a dejar de recibir apuestas de otros territorios brasileños tras la medida del Ministro André Mendonça. En la decisión, el ministro dio un plazo de cinco días para usar de forma obligatoria mecanismos electrónicos de geolocalización desde donde se realizan las apuestas deportivas online.
Ahora, la ciudad de Río de Janeiro considera que existen omisiones y no se han aclarado los asuntos ya cuestionados y que, entiende Loterj, no se han abordado. La primera de esas cuestiones es que la Medida Provisional fue republicada en el Diario Oficial de la Unión el día 26/07/2023, reemplazando la versión del 25/07/2023, por lo que la rectificación del Aviso n° 01/2023 es contemporánea a la publicación definitiva de la propia Medida Provisional.
La segunda es que la Medida Provisional N° 1.182/2023 no fue convertida en Ley N° 14.790/2023. “De hecho, la citada MP N° 1.182/2023, que en absoluto preveía ni preveía criterios de georreferenciación y ubicación, ni siquiera restricciones territoriales o de domicilio, fue aprobada sin consideración por el Congreso Nacional, y se promulgó la Ley N° 14.790/2023. a partir del Proyecto de Ley N° 3.626/2023”, registra LOTERJ.
La Lotería de Río de Janeiro destaca que la emisión que art. 35-A de la Ley nº 13.756/2018 no fue creado o insertado por el MP nº 1.182/2023, sino por la Ley nº 14.790/2023 y, por lo tanto, es cronológica y lógicamente imposible afirmar que “el Aviso de Acreditación modificado violado el art. 35-A de la Ley N° 13.756, de 2018, modificada por la Ley N° 14.790, de 2023”, toda vez que la citada rectificación fue publicada aproximadamente seis meses antes de que existiera en el mundo jurídico cualquier norma relativa a la operación de las apuestas de cuota fija.
“En consecuencia, si bien un acto no puede violar una norma jurídica que no existía al momento de su publicación, solicitamos respetuosamente integración y aclaración en relación con este argumento, por ser una cuestión esencial a la controversia y a la conclusión jurídica. adoptado y mantenido por r. decisión preliminar emitida”, argumenta la Asesora Principal de Loterj a BNLData, Natália Fernandes Santiago, quien firmó el escrito.
Al final, Loterj deja constancia que por la relevancia y esencialidad del tema, además de que no fue aclarado en la decisión y en el embargo anterior, solicita la suspensión inmediata de la eficacia de la decisión, y la concesión de estos segundos embargos.