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Coljuegos autoriza la operación de los juegos virtuales por internet

4 octubre 2019 8:56 am GMT
foto recurso eSports

El regulador colombiano, Coljuegos, ha modificado el reglamento de los juegos operados por internet, el llamado Acuerdo 04 de 2016, para autorizar los juegos virtuales en Colombia.

Después de diferentes llamados, solicitudes y socializaciones mediante mesas de trabajo y documentos técnicos y jurídicos por parte de los gremios de la industria, Coljuegos ha revisado la viabilidad de autorizar los juegos virtuales en Colombia, analizando el comportamiento y la reglamentación en países como Italia, Reino Unido y Nigeria. Para el regulador, estos juegos no solo complementan la oferta actual, sino que además son un segmento de mercado particular que ha alcanzado un alto porcentaje de participación en las jurisdicciones analizadas.

Esta aprobación ha sido muy celebrada por la industria, que venía reclamando al regulador un avance en la reglamentación colombiana para mejorar su competitividad en los productos de juego operados por internet. Así, desde Fecoljuegos recuerdan que empresas y gremios de los juegos de azar «se vienen esforzando desde hace varios meses por promover e incluir en la agenda del regulador la necesidad de dar la oportunidad a este segmento de juego de brindar una mayor oferta al jugador para ampliar el mercado, generar más recursos al sector salud y permitir que la operación legal sea más competitiva».

A partir de ahora, el trabajo de los gremios se centrará en avanzar en la regulación del casino en vivo, que consideran que favorecería el crecimiento de la operación online y también la generación de fondos al país, así como «oportunidades en desarrollo tecnológico y de innovación que posicionarían a Colombia como un mercado pionero y un caso de éxito en el progreso de la operación del juego online en el mundo».

Por otro lado, el acuerdo 04 con fecha del 11 de septiembre de 2019, ya modificado, describe que para la operación de los juegos virtuales no se requiere ningún cambio en los requerimientos técnicos en la regulación, ya que su impacto en el modelo de datos no es significativo. Así que el acuerdo modificado será aplicable a los contratos en ejecución con una simple solicitud de los operadores y la verificación del cumplimiento de los requisitos necesarios por parte del operador. Especialmente, en lo relativo a certificación.

Por parte del regulador, se consideran juegos virtuales aquellos eventos virtuales o pregrabados, cuyo resultado o selección respectivamente debe estar determinada por un generador de números aleatorios (GNA) y en los que el ganador de la apuesta se define a partir de acertar el resultado del evento.

Los virtuales se corresponden con la representación gráfica animada de un evento real y los pregrabados son una recopilación de escenas correspondientes a eventos reales previos.

Las apuestas en juegos virtuales serán de contrapartida. En ellas, el jugador apuesta contra el operador, obteniendo derecho a premio en el caso de acertar el pronóstico sobre el que se apuesta y siendo el premio el resultado de multiplicar el valor de la apuesta por el coeficiente que el operador haya validado previamente el pronóstico realizado.

Son apuestas sencillas las que recaen sobre un único resultado de un evento y múltiples las que recaen sobre dos o más resultados de un mismo evento. Son apuestas combinadas las que recaen sobre los resultados de dos o más eventos. No se permitirán apuestas durante el desarrollo del evento. Las apuestas quedarán sujetas al coeficiente vigente en el momento de su realización.

No se autorizan juegos virtuales cuya representación gráfica represente juegos lotéricos o numéricos, ni ningún evento que represente actos violentos o que atenten contra la dignidad de las personas o contrarios a la moral y las buenas costumbres.

 

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